Mancuso, más allá de la viralidad, ¿sí dijo algo nuevo?

El excomandante paramilitar Salvatore Mancuso, preso en Estados Unidos, señaló a empresas, militares y hasta expresidentes en su audiencia única de verdad ante la JEP, la justicia transicional en la que espera ser aceptado como compareciente. Entrevistamos a Sebastián Bojacá, de la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) para entender el alcance de lo que dijo.

Fecha: 2023-05-19

Por: JUAN DAVID LÓPEZ MORALES

Ilustración: Matilde Salinas

Mancuso, más allá de la viralidad, ¿sí dijo algo nuevo?

El excomandante paramilitar Salvatore Mancuso, preso en Estados Unidos, señaló a empresas, militares y hasta expresidentes en su audiencia única de verdad ante la JEP, la justicia transicional en la que espera ser aceptado como compareciente. Entrevistamos a Sebastián Bojacá, de la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) para entender el alcance de lo que dijo.

Fecha: 2023-05-19

Por: JUAN DAVID LÓPEZ MORALES

Ilustración: Matilde Salinas

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Durante 31 horas y 47 segundos, el excomandante paramilitar Salvatore Mancuso respondió a las preguntas de magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), entidad que evalúa si aceptarlo o no como compareciente, es decir, si puede ser juzgado bajo las reglas con las que funciona esa justicia transicional creada por el Acuerdo de Paz con las FARC. La audiencia, dividida en cuatro sesiones, se transmitió en vivo por YouTube.

Desde la cárcel donde permanece, en Georgia (Estados Unidos, a donde fue extraditado en 2008), Mancuso habló con tono pausado, acento caribeño y voz ronca de las atrocidades de las que fue responsable, y trató de convencer a tres magistrados de la JEP de que en algún momento del conflicto, a inicios de los noventa, fue integrante de facto de la fuerza pública como informante y guía de operaciones en terreno en departamentos como Córdoba y Sucre. 

La JEP no tiene competencia sobre los antiguos ‘paras’, que se acogieron en su momento a la Ley de Justicia y Paz, por eso la única forma de aceptarlo y eventualmente otorgarle beneficios judiciales es asumiendo que, como en el conflicto hubo “circulación de roles”, Mancuso también fue un civil colaborador de la fuerza pública.

Pero Mancuso también tiene que probar que en sus manos hay una verdad que no reposa en ningún expediente judicial y que está dispuesto a entregarla a la justicia transicional. Por eso, en el largo inventario de relatos que hizo señaló quiénes, cómo y por qué atacaron a indígenas, comunidades negras, sindicalistas, estudiantes, docentes, defensores de derechos humanos y civiles inocentes.

Más allá de los testimonios que se viralizaron en redes, ¿Mancuso aportó algo que las víctimas y la justicia no supieran? ¿Por qué se guardó parte de la información para una audiencia reservada que no será transmitida? Conversamos con Sebastián Bojacá, coordinador de litigio estratégico de la Comisión Colombiana de Juristas, una organización que no solo representa a víctimas del paramilitarismo sino que también sufrió su persecución.

¿Cuál es el estándar de verdad para un aspirante como Salvatore Mancuso en una audiencia como la que vimos?

Este tipo de prospecto a compareciente es muy único. Los comparecientes forzosos, como miembros de la fuerza pública, no tienen mayor exigencia para su sometimiento, es prácticamente inmediato. A los comparecientes que son agentes del Estado no integrantes de la fuerza pública y terceros civiles se les eleva un poquito más el estándar: tienen que entregar un plan de aportes a la verdad y un compromiso claro, concreto y programado. Y de este compromiso, además de las observaciones que puedan hacer las víctimas, depende su ingreso o no a la Jurisdicción Especial para la Paz.

¿Ese es el escenario que más se acerca al caso de Mancuso en este momento?

Sí y no, porque inclusive Mancuso tiene un nivel más alto. Por ejemplo, un comandante del Ejército entra a la JEP y no tiene mayor obligación de plan de aporte a la verdad para mantenerse. Para el tercero civil, que puede ser, por ejemplo, el caso de (David) Char (exsenador) o de Salvador Arana (exgobernador de Sucre), su ingreso, su mantenimiento e inclusive los beneficios que pueda llegar a recibir, dependen exclusivamente del plan de aportes a la verdad. Pero Mancuso tiene un nivel más allá de ese estándar. Entraría como un tipo de tercero excepcional, porque tiene que entrar a probar una teoría de la propia JEP: la de circulación de roles. 

Cuando Mancuso solicitó su sometimiento dijo: ‘Yo en algún momento, entre el 90 y el 94, fui orientador de terreno o guía [de la fuerza pública]. Entonces, yo desempeñé mi labor de guía como tercero, nada tenía que ver con el grupo paramilitar’. La Sección de Apelación (de la JEP) crea la regla jurisprudencial de la teoría de circulación de roles. Y este estándar requiere no sólo que él manifieste “la verdad”, sino que tenga la capacidad de demostrarlo.

En la última sesión, el procurador delegado ante la JEP, Jairo Acosta, sugirió que para él sí hubo aportes novedosos de Mancuso. ¿Cree que efectivamente dio declaraciones por encima de la verdad conocida en la justicia ordinaria y en Justicia y Paz?

Reconozco que él hace algunas manifestaciones que antes, en justicia ordinaria, no se habían hecho. Por ejemplo, para el caso del exdirector de la CCJ, Gustavo Gallón. Dentro de los procesos de investigación contra miembros del DAS sabíamos que había un plan para matarlo, que había una carpeta con información de él, que había labores ilegales de inteligencia. Que Mancuso lo diga no tiene nada de novedoso. Ahora, hay elementos que sí son relativamente novedosos. Por ejemplo, que la carpeta de inteligencia se la entregó José Miguel Narváez directamente a (Carlos) Castaño. Es decir, que prácticamente quien solicitó la muerte de Gustavo Gallón fue Narváez. Eso no se sabía. 

Pero, ojo. Tengamos en cuenta que el propio Mancuso dice que esto viene por solicitud de altos mandos militares, cosa que también ya se sabe. Pero, ¿quiénes son? Es a partir de lo que diga en las diligencias reservadas que se puede decir si supera el estándar de verdad, que es la gran mayoría de nombres e información sobre la participación específica de grupos políticos, empresariales y de agentes de Estado.

En la opinión pública calaron mucho los señalamientos a empresas privadas, pero estos ya se habían hecho en otras instancias judiciales… 

Sí. Hablemos del caso de (la minera) Drummond. Mancuso habla de la participación de los directivos en el homicidio de los sindicalistas. Es la primera vez que lo aborda de manera tan directa. Pero adicionalmente, en la justicia ordinaria, por declaraciones de Jaime Blanco Maya [antiguo contratista de la empresa] y de Jairo Charris [exparamilitar] ya se sabía que la Drummond tuvo participación, que los móviles entre otras cosas eran los requerimientos sindicales que se le hacían a la empresa y que habían participado agentes de Estado. Mancuso no amplió mayor información y dijo que lo va a decir en privado por la presunción de inocencia. Hay algunas cosas que sí son novedosas, otras que tal vez no había dicho en procesos ordinarios y sí lo habían dicho otras personas, y hay otras cosas que están muy pendientes. Uno no puede decir que dio verdad hasta escuchar qué dice [en privado] y qué elementos tiene para poder probarlo.

¿Y esas audiencias reservadas ya se programaron?

No se han programado. Yo veo ahí un relativo gran problema. Para estas audiencias, incluyendo las de ‘Jorge 40’ (el exparamilitar Rodrigo Tovar Pupo), no habían permitido que las víctimas participaran. Y la razón es entendible porque las víctimas no deberían hacerle exigencias a una persona que todavía no ha recibido el beneficio del sometimiento a la JEP. Pero en la CCJ creemos que las víctimas deben tener una participación muy importante en estas diligencias reservadas, porque de la gran mayoría de las cosas que dijo –del homicidio de fiscales, de investigadores del CTI, de la persecución a defensores de derechos humanos, de todo eso que ya se sabe–, lo realmente importante es la información que va a dar en privado y las víctimas cómo van a poder acceder a esa información.

Hay una situación de reserva y de posible seguridad frente a Mancuso, pero al mismo tiempo se contrapone con el derecho de las víctimas de estar informadas y de saber las actuaciones. No es lo mismo que Salvatore Mancuso diga hoy en audiencia reservada algo y que a las víctimas se les traslade dos o tres años después. Estas diligencias ya generan expectativas en las víctimas. El país está convulsionado por lo que dijo. Todas las víctimas de los casos que representamos donde participó Mancuso querían que hablara sobre el caso de ellos. Entonces, sí creo que en estas diligencias reservadas, al menos un día, debe haber un componente muy fuerte en donde las víctimas le puedan preguntar.

Eso no es un hecho, ¿lo sería en caso de ser aceptado por la JEP?

Yo incluso digo que tiene que ser antes de que sea aceptado.

¿Qué pasará con las personas que son señaladas por Mancuso? Seguramente hay quien piense que la JEP va a empezar a investigar a las empresas y personas que mencionó, y no necesariamente.

Hay que recordar que en Colombia no existe la responsabilidad penal de empresas, como en otros países como España. Existe la responsabilidad penal individual. ¿Qué pasa con esas personas que menciona Salvatore Mancuso? La JEP tiene que hacer una corroboración muy exhaustiva. No le vale solo con lo que dice Mancuso y tiene que buscar otros medios de prueba que sean capaces de demostrar la responsabilidad de esas personas. Por ejemplo, cuando hablamos del tema de la Drummond, pues deberá establecer otros medios probatorios para buscar quién de la Drummond es responsable por el homicidio de los sindicalistas. 

Si son comparecientes forzosos, entiéndase miembros de la fuerza pública, la jurisdicción tiene una competencia automática sobre estos y los puede llamar a rendir descargos en versión voluntaria. Ahora, frente a terceros como directivos de empresas, miembros de la política colombiana o agentes de Estado no integrantes de la fuerza pública, como notarios, la JEP no tiene competencia a no ser que ellos se sometan. 

¿Por qué cree que muchas de las declaraciones de Mancuso pese a no ser novedosas, han llegado a conmocionar a la opinión pública?

A diferencia de otras jurisdicciones, la JEP le ha dado un mayor grado a este principio de publicidad de las actuaciones. Esta es casi una de las únicas jurisdicciones que transmite en vivo y para la sociedad colombiana diligencias como estas. Y nosotros entendemos la razón. Se le debe dar este alcance y esta publicidad porque las afectaciones en términos de los territorios y de las graves violaciones de derechos humanos en donde participó Salvatore Mancuso son en todo el territorio nacional. ¿Qué sucede? La sociedad colombiana no conocía de fondo. Sabían que Salvatore Mancuso era un paramilitar, que pudo haber colaborado con uno u otro agente del Estado y que cometieron los crímenes, pero lo que no sabían era este nivel de detalle, que tal vez sí saben los abogados, porque se leen el expediente. Entonces, estamos ante la oportunidad de que un comandante paramilitar empiece a nombrar de manera directa y con detalle la relación con distintos tipos de agentes de Estado, miembros de la política, entre otros, y la sociedad colombiana puede conocer esos detalles en vivo en el mismo momento en que le están preguntando. Y justamente sólo las víctimas y los abogados tenían esos detalles. 

Tras la audiencia queda la sensación de que para Mancuso el paramilitarismo más que un actor armado autónomo fue como un brazo armado de un sector de los militares y de la clase política y económica. ¿Está de acuerdo con esta lectura? ¿Le sirve defender esa tesis para que la JEP lo acepte como “integrante” de la fuerza pública?

No puedo afirmar que sea 100 % así, pero si uno ve los orígenes propios de las Convivir y de lo que fueron las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), resalta lo que ha dicho el propio Mancuso. Él fue que no lo excusa y no puede verse como un eufemismo para defraudar los derechos de las víctimasa buscar en el Ejército a alguien que lo defendiera y lo convirtieron en lo que hoy es. Muchos grupos políticos instrumentalizaron el paramilitarismo o se vieron también instrumentalizados por el paramilitarismo, estando de acuerdo. No creo que en estricto sentido el paramilitarismo haya nacido como un brazo armado, porque creo que nació por una política de acuerdo a una situación, a unas causas sociales y que a partir de allí fue tecnificándose o actualizándose de acuerdo a algunos intereses específicos. 

Por ejemplo, Salvador Arana, quien fue gobernador de Sucre, se reputa él mismo como un político que fue cooptado por el paramilitarismo. Es decir, que tuvo una carrera política y después el paramilitarismo cooptó la región y él no pudo decir que no. Esto no tiene sentido porque la propia Corte Suprema de Justicia demostró que para el 98 él era tercero que financió, creó y dirigió el Frente Mojana (de las AUC). Entonces, podrá afirmar que el paramilitarismo estuvo al servicio del Estado y miembros de la fuerza pública y que su objetivo al nacer fue este. 

Hay que analizarlo de acuerdo a cada situación específica, porque lo que podemos ver acá es que justamente unas personas instrumentalizaron la normativa que garantizaba la existencia de las Convivir y a partir de eso montaron un grupo armado para beneficiarse social, económica y políticamente. Pero para el caso específico de Mancuso, lo que se puede llegar a demostrar es que, efectivamente, la gran mayoría de gestiones en donde él se vio involucrado fue porque clase política y Ejército decidieron crear un brazo armado que cumpliera sus caprichos, aun cuando estos se vieran involucrados con la grave violación de derechos humanos.

En la última sesión se abordó la relación con el extinto DAS. Al respecto, ¿Mancuso dijo algo novedoso o esa relación ya estaba clara? 

Hay muchas otras cosas que ya están definidas. Por ejemplo, cómo funcionó todo el aparato del G-3, el aparato institucional que realizó las interceptaciones ilegales, ya se sabía; que el paramilitarismo y el DAS colaboraban y que a partir de ellos elegían los blancos o los objetivos militares y que facilitaba la información, ya se sabía. ¿Qué fue lo novedoso? Por ejemplo, las responsabilidades específicas de las personas y los detalles, que son bastante importantes como para poder también entender el plan criminal. 

Nos podemos devolver a esta situación de Gustavo Gallón. Sabíamos que Gustavo Gallón había estado en la lista del paramilitarismo. Sabíamos que el aparato del G3 le realizaba seguimientos, entre otras cosas porque entre las investigaciones penales se tiene la carpeta de actividades de inteligencia ilegal. Sabíamos que José Miguel Narváez, Jorge Noguera Cotes (exdirectivos del DAS), entre otros, tienen una responsabilidad penal muy importante, bien sea por su capacidad de mando o porque tuvieron conocimiento. 

¿Qué supimos de manera novedosa? Que se decidió reversar la orden porque por la conmoción del homicidio generado por Jaime Garzón, que las Autodefensas no podían permitirse otra conmoción de este tipo. Se conocía que se había dado marcha atrás a la orden, pero las razones en específico no las había conocido la sociedad colombiana y no habían quedado plasmadas de esta manera como son narradas por el aspirante a compareciente. Inclusive, que José Miguel Narváez era el que había llevado la carpeta para que ordenaran el homicidio (de Gallón). Se sabía que Narváez tenía responsabilidad como coautor, pero no que había tenido este grado de determinación en el crimen. Ha dado información novedosa, pero las víctimas vamos a seguir exigiendo el complemento de esta información.

Mancuso en varios momentos argumentó motivos de seguridad y de presunción de inocencia para dejar información para la audiencia reservada. ¿Cuál es el sentido de hacer una audiencia pública si no va a contar todo?

De acuerdo. Y aunque entendemos justamente que la verdad que está revelando puede revivir investigaciones o responsabilidades frente a algunas personas que nunca fueron investigadas –y eso es lo que puede poner en riesgo la seguridad de Salvatore Mancuso–, también valoramos que si el objetivo era entregar verdad más allá del estándar que había en justicia ordinaria, pues no tiene ningún sentido que la información más importante, sensible y diciente de los vínculos del Estado o de terceros en estos crímenes sea dicha en una audiencia en donde ni las víctimas ni la sociedad van a tener acceso. 

Por eso creemos que, si aún no es momento de que la sociedad conozca este tipo de detalles para proteger la seguridad de Mancuso y esperando que las afirmaciones se corroboren con otros elementos de prueba, lo cierto es que al menos las víctimas de los casos que narró deberían tener derecho a escucharlo en retransmisión, por ejemplo, con un apoyo psicosocial. 

Ha sido una verdad importante para el país, pero para algunas víctimas es una verdad a medias. Se han generado unas expectativas muy grandes y pudiésemos estar al borde de una acción con daño a las víctimas. Por eso es muy importante que en los pasos a seguir, la JEP pueda determinar cuál va a ser la forma en que va a vincular a las víctimas a estas diligencias reservadas, pero también cuál va a ser la forma en que va a comunicar esta información, sea que acepte o no acepte a Salvatore Mancuso. 

Hasta ahora la JEP no ha aceptado a ningún exparamilitar. ¿De qué depende que entre o sea rechazado por esa justicia?

No ha aceptado a otros paramilitares, como el caso de ‘Jorge 40’, porque la supuesta verdad que aportó era carente de elementos novedosos, de medios de corroboración, y más aún, por la incapacidad de mostrar su rol como bisagra. Por parte de la CCJ estamos empezando a realizar unas observaciones de estas diligencias (de Mancuso) y de la capacidad demostrativa que tuvieron de poder determinar si fue tercero en algún momento, porque creemos que tiene la posibilidad de cumplir esta teoría de la circulación de roles. 

A diferencia de otros paramilitares, vemos que tiene la posibilidad demostrativa de establecer este rol, al menos en hechos que tienen que ver con cuando él fue orientador, guía de terreno, informante o miembro de la inteligencia en épocas muy iniciales de su actuar criminal. Otros solicitantes se dedicaron a contar qué era lo que había pasado en el grupo paramilitar y cómo a través de su comandante en el grupo paramilitar se cometieron los crímenes, y esa no era la idea.

Además de estos aspectos de la técnica jurídica, ¿consideran importante que esté en la JEP?

Independientemente de si la JEP lo acepta o no, esta demostración que dio Salvatore Mancuso de querer aportar a la verdad debe mantenerse. Si lo aceptan, pues tiene que seguir aportando la verdad, inclusive en casos en donde no funciona como bisagra sino como miembro puro del paramilitarismo. Pero si no lo aceptan, él ha tenido bastantes apariciones públicas mencionando que está comprometido con la paz, con entregarle la verdad a las víctimas y así lo debería hacer, bien sea en justicia y paz o en la justicia ordinaria. Esta tarea de develar estos casos para las víctimas debe seguir.  Si a Mancuso no lo aceptan y él cierra la posibilidad de seguir aportando a la verdad, justamente se podría demostrar que lo importante para él no había sido la verdad y no habían sido las víctimas.